Las reglas fiscales de la Unión Europea que ponen límites a la deuda y al déficit público de cada país volverán a hacerse efectivas a partir de 2024 tras varios años congeladas, primero por la pandemia y después por los efectos de la crisis energética y de precios. Pero las bases no serán las mismas que antes. Este miércoles, la Comisión Europea ha presentado su propuesta de rediseño del marco normativo, basada en una senda propia por país con la intención de que cada socio se acerque a los límites que fijan el déficit público en el 3% del PIB y la deuda, en el 60% del PIB.
“Las situaciones fiscales, los desafíos y las perspectivas económicas varían mucho entre los 27 Estados miembros de la UE. Por lo tanto, un enfoque único para todos no funciona”, explica Bruselas.
Cada uno de los 27 países redactará su propio plan con sus vías de ajuste fiscal. Estos se formularán en términos de objetivos de gasto plurianuales, que serán el único indicador operativo para la supervisión fiscal, simplificando así las reglas. Los documentos nacionales, eso sí, serán evaluados por la Comisión y aprobados por el Consejo (los 27 países) sobre la base de criterios comunes de la UE. De entrada, Bruselas propone dos casuísticas.
Para cada Estado miembro con un déficit público superior al 3% del PIB o una deuda pública superior al 60% del PIB, como es el caso de España, la Comisión publicará una “trayectoria técnica” propia que buscará asegurar que la deuda se sitúe en una senda plausiblemente descendente o se mantenga en niveles prudentes, y que el déficit se reduzca y mantenga por debajo del 3% del PIB en el medio plazo.
Es decir, los valores de referencia del 3% y el 60% del PIB para cada uno de los indicadores se mantendrán sin cambios. Además, mientras cada plan nacional esté vigente y el déficit supere este techo, deberá implementarse un ajuste fiscal mínimo del 0,5% del PIB anual como referencia. En paralelo, los Estados miembros que se beneficien de un período de ajuste fiscal ampliado tendrán prohibido que el gasto público neto crezca por encima su PIB, a la par que deberán asegurarse de que el esfuerzo fiscal no se posponga a años posteriores, sino que se reparta de forma proporcional durante todo el periodo corrector.
Por su parte, en el caso de los países con unas finanzas públicas más saneadas, la Comisión proporcionará información técnica para garantizar que el déficit público se mantenga por debajo del valor de referencia del 3% del PIB también a medio plazo.
La revisión también introduce una cláusula específica de escape para los Estados miembros que contempla la posibilidad de eventos extraordinarios, tales como pandemias o guerras. Estas cláusulas permitirán desviaciones de los objetivos de gasto en caso de una recesión económica grave en la UE o en la zona del euro en su conjunto o en circunstancias excepcionales que estén fuera del control del Estado miembro y que tengan un impacto importante en las finanzas públicas. El Consejo, en base a una recomendación de la Comisión, decidirá sobre la activación y desactivación de esta cláusula.
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