El cierre del grifo del crédito por parte de las entidades financieras ha llevado al Gobierno a sacar nuevas líneas de crédito ICO para este año. De ellas hay que destacar ICO Directo, que la concede directamente este organismo, y que además de proporcionar dinero para la inversión, lo hace también para paliar la falta de liquidez de las pymes y autónomos.
Para el Gobierno, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) es uno de los primeros instrumentos para proporcionar créditos a las pymes y los autónomos. Hasta el tercer trimestre de 2011, concedió 14.741 millones de euros. Una cifra que, según el ICO, supone un 16% menos que en el mismo periodo de 2010 debido, principalmente a que los préstamos que distribuyen en colaboración con la banca cayeron un 20%. Sin embargo, las ayudas que concede el ICO directamente tuvieron una mejor evolución. Es evidente que este instituto ha ido ganando tamaño a medida que se deterioraba la actividad de las entidades privadas. En el tercer trimestre de 2011, el 41% de las pymes que buscaron financiación llamaron a la puerta de este organismo, frente al 25% que lo hicieron en 2009. Y el 77% de ellos obtuvieron la financiación. La mayoría buscaba cubrir el circulante que les permitiera sobrevivir.
Como la situación bancaria no acaba de despegar en cuanto a la concesión de crédito, el ICO ha lanzado este año mas de 15 líneas de préstamos con largos plazos de amortización, tipos de interés preferencial y sencilla tramitación a través de los principales bancos y cajas implantados en España. Dependiendo de la línea de crédito que se elija, será el ICO o las entidades de crédito las que se encarguen de analizar los proyectos y aprobar la concesión de las ayudas. Las líneas de 2012 se agrupan en seis grupos diferenciados: inversión (para realizar inversiones en territorio nacional), liquidez (para financiar los gastos de un negocio, como pago de nóminas, alquileres, mercancías...), vivienda (préstamos exclusivos para promotores de vivienda de VPO), iniciar un negocio (para emprendedores), salir al exterior y otro tipo de préstamos.
En este artículo nos centraremos solo en los créditos que aportan liquidez a las pymes (ICO-Directo; ICO-SGR, un préstamos con aval de una SGR para financiar inversiones en activos fijos; e ICO-Liquidez 2012, pensado para los emprendedores que necesiten hacer frente a necesidades puntuales de liquidez). En los dos primeros, ICO Directo e ICO SGR, las operaciones las autoriza directamente el ICO y los bancos no tienen nada que decir. Aunque en la SGR, ésta podrá pedir garantías adicionales a las solicitadas por el ICO. Sin embargo, en ICO Liquidez son las entidades financieras las que determinan los trámites de la operación.
La línea ICO Directo es un préstamo para autónomos, pymes y las entidades sin ánimo de lucro (siempre que tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar) residentes en España y con más de un año de antigüedad. Su objetivo es financiar inversiones (maquinaria, equipo informático, mobiliario, inmuebles, vehículos, adquisición de empresas, etc.) o proporcionar liquidez. En ambos casos, se financia hasta el 100% de la inversión, con un límite de 200.000 euros. El dinero se devuelve en 7 años, con hasta 2 años de carencia si se utiliza para una inversión; y en 5 años y con hasta un año de carencia si se emplea para el circulante. El tipo de interés es variable y depende del comportamiento del Euribor en 6 meses, mas el 4,5%.
Además, se cobrará una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 euros. Las línea ICO Directo son prepagables, pero te permiten haber realizado la inversión antes de solicitar la financiación. Para este año la fecha tope a la que podemos retrotraernos es el uno de enero de 2011. Es decir, un año o más, dependiendo de cuándo se pida la financiación. Esto permite utilizar las inversiones realizadas durante 2011 como medio para solicitar su financiación ante ICO ahora. En el caso de que se solicite primero la financiación para efectuar la inversión, el plazo que nos dan oscila entre los 3 meses y un año, dependiendo de las líneas escogidas.
No obstante, si la inversión no se pudiera ejecutar en el plazo de un mes por causas debidamente justificadas, se puede solicitar una prórroga al ICO, a través de la entidad financiera en la que formalizó el préstamo, alegando las causas que han impedido la ejecución de la inversión y su grado de ejecución. Si procede, el ICO autorizará (de manera excepcional) la ampliación del plazo.
La línea ICO SGR se utiliza para dar financiación a los autónomos, empresas y entidades sin animo de lucro, con necesidades de financiación de inversión y/o liquidez que no tengan mas de un año de vida y, por lo tanto, necesitan del respaldo de una SGR. Ahora mismo están operando: Avalunion, Avalia, Sogarca, Iberaval, Avalis, Extraval, Sogarpo, Afigal, ISBA, AvalMadrid, Transaval, Elkargi, Oinarri, Suraval, Undemur, SGR Comunidad Valenciana, Asturgar, Sogarte, Sogapyme y Audiovisual. Solo se tiene que encontrar la que trabaja en la Comunidad Autónoma del solicitante. El objetivo de ICO SGR es proporcionar financiación para inversiones (maquinaria, equipo informático, mobiliario, inmuebles, vehículos, adquisición de empresas, etc.) o liquidez. El ICO concede, a través de un préstamo, hasta el 100% de la inversión, con un límite de 600.000 euros.
El tipo de interés es variable establecido con 6 meses del Euribor mas el 3,5% (hasta 1% en concepto de coste de aval anual por saldo vivo y hasta el 4% de cuota social mutualista). Además se cobrará una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 euros. Los plazos de devolución del dinero son los mismos que en ICO Directo: 7 años, con hasta 2 años de carencia si se utiliza para una inversión; y en 5 años y con hasta un año de carencia si es para liquidez. Las solicitudes se podrán presentar hasta el 31 de octubre de 2012 y el préstamo se podrá formalizar hasta el 15 de diciembre de este año.
Esta línea de financiación está orientada a autónomos, entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s. Administración Pública…) que sean solventes y viables, pero que se encuentren en una situación transitoria de restricción de crédito y necesiten capital circulante. La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las siguientes entidades de crédito: Banca Cívica, Banca March, Banca Pueyo, Banco Caixa Geral, Banco CAM SAU, Banco Castilla La Mancha, Banco Cooperativo, Banco Guipuzcoano, Banco Mare Nostrum, Banco Pastor, Banco Popular, Banco Sabadell, Banesto, Bankia, Bankinter, BBVA, C. Laboral Mondragón, C. R. Central Orihuela, Caixa Catalunya, Tarragona i Manresa, Caixa D'Estalvis de Pollensa, Caixa Galicia y Caixa Nova, Caja de Ingenieros, Caja Rural Albalat, Caja Rural Casinos, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Burgos, Caja Rural de Navarra, Caja Rural Turis, Cajamar Caja Rural, Cajasiete, IberCaja, Ipar Kutxa Rural, La Caixa, Liberbank, Lico Leasing, Santander y Targobank.
El importe de la operación llega hasta un máximo de 10 millones de euros en uno o varios préstamos. La financiación de esta línea no está asociada a un proyecto de inversión y se financian el 100% de las necesidades de capital circulante de la empresa. Si se produjera un cambio de titularidad de la compañía una vez concedido el préstamo, habría que solicitar la subrogación de la titularidad de las operaciones financiadas por esta línea. La amortización se realizará en 1, 3, 5 ó 7 años, con la posibilidad de hasta 1 año de carencia. Por el préstamo se pagará un tipo de interés fijo o variable mas diferencial, mas hasta un margen del 2%. Además la entidad aplicará hasta el 0,50% en el momento de la formalización.
Los préstamos de esta línea se podrán pedir hasta el 15 de diciembre de 2012. Si el cliente quiere realizar la cancelación anticipada, en el tipo variable no se le imputará penalización. Pero en el fijo se establece un 0,50% flat sobre el importe cancelado si la cancelación se produce durante los 5 primeros años; un 0,25% flat sobre el importe cancelado si es a partir del quinto año; y para el resto operaciones a tipo fijo, un 1% flat sobre el importe cancelado.
José María Casero, socio director y fundador de Alkanza Asesores Bancarios, da una serie de razones para solicitar un ICO Directo.
- Porque es para autónomos y pymes, que tengan más de un año de antigüedad. Aunque si tienes menos de un año, puedes tramitar tu operación con aval de la SGR (Sociedad de Garantía Recíproca) de tu región.
- Porque se acaba el 31 de diciembre de 2012. Quizás no te interese ahora, pero puede serte útil en unos meses.
- Porque puedes pedir hasta 200.000 € por cliente y año.
- Porque puedes pedirlo en una o varias operaciones.
- Porque no lo estudian los bancos, sino que es el propio ICO el que asume el riesgo. Esto significa que no vas a depender de las necesidades, objetivos y/o debilidades de las entidades financieras.
- Porque puede financiar necesidades de liquidez, tesorería o circulante. Sin dar más explicaciones. Aunque es recomendable explicar las razones por las que tienes esas necesidades y qué le va a representar a tu proyecto conseguir la financiación.
- Porque tienes un plazo de 5 años con uno de carencia para financiar la liquidez.
- Porque puedes financiar inversiones en activos fijos productivos nuevos, maquinaria, tecnología, mobiliario e inmuebles. Incluso de segunda mano.
- Porque puedes financiar vehículos turismos cuyo precio no supere los 30.000 €, sin incluir el IVA ni el IGIC (Impuesto canario).
- Porque puedes financiar la compra de empresas y/o negocios, que te puede servir para crecer, complementarte o para diversificar.
- Porque el plazo para financiar inversiones es de 7 años con dos de carencia. La idea, invierte, trabaja, produce y dentro de dos años comienzas a pagar las cuotas completas. Pero puedes optar por no utilizar la carencia y así pagar menos intereses.
- Porque puedes financiar lo adquirido ya, con una antigüedad de hasta un año. Puedes recuperar el dinero pagado en todas aquellas compras de ordenadores, impresoras, multifunciones, mobiliario, etc., para utilizarlo en lo que más necesite tu negocio.
- Porque ICO Directo te da tres meses para realizar la inversión una vez firmada la operación.
- Porque primero te lo conceden y abonan y luego puedes hacer las inversiones que has dicho, tienes un mes para ello desde que firmas el contrato. Así tienes la seguridad de contar con todo el dinero que te hace falta para poder hacer esa inversión.
- Porque puedes solicitar ayudas a otros organismos, es totalmente compatible.
- Porque la documentación que se presenta es la habitual de una entidad financiera. Para pymes: Balance depositado en el Registro Mercantil; Cuenta de Pérdidas y Ganancias depositada en el Registro Mercantil; y el modelo 201 del Impuesto sobre Sociedades. Para autónomos: Declaración del IRPF; Declaración de bienes, puesto que deberán informar de su patrimonio bruto (propiedades inmobiliarias, coches, depósitos, valores inmobiliarios y demás bienes o derechos que estén a su nombre); y recibo de autónomos.
- Porque puedes solicitar la operación tú solo por Internet a través de www.facilitadorfinanciero.es Solo tienes que registrarte. El teléfono gratuito de atención al cliente para ICO Directo es 900 567 777.
www.pymeseguros.com