REPORTAJE PUBLICADO EN LA REVISTA PYMESEGUROS Nº 66
Y eso que, en general, los profesionales de la mediación consideran que su labor no se va a ver muy afectada por la nueva Ley: “A las aseguradoras sí les supone mayores exigencias, pero para nosotros va a ser prácticamente igual a como estamos trabajando en la actualidad; si acaso tendremos que hacer más papeleo”, reconoce Martín Navaz, presidente de Adecose.
“Sí incorpora otros modelos de distribución y ahí radica su gran novedad, si bien el modo de hacerlo no deja de causar preocupación”, inciden desde CIAC, que se quejan de que, “salvo pequeñas correcciones”, sus propuestas no hayan sido atendidas. Así, considera que se ha perdido una gran oportunidad para resolver la limitación territorial para los corredores autonómicos; se ha dejado de lado el tema de las cartas de mandato, “que es un asunto que va a generar grandes incidentes en los próximos tiempos dado el recurso por algunos a la piratería de pólizas valiéndose de este instrumento”; y se han “complicado las prácticas abusivas de la banca al coaccionar imponiendo seguros”, sin medidas claras que prevengan el abuso o medidas que permitan al cliente desistir “si no está conforme con lo que se le ha impuesto”.
Mónica Pons, presidenta de Aunna Asociación, también cree que en relación a la actividad de los corredores, la redacción del anteproyecto no varía sustancialmente de la regulación que existe en la actual Ley de Mediación. Y aunque valora que el texto pretende recoger la situación actual del mercado de la distribución de seguros, a su juicio, “le falta un punto de ambición para resolver distintas cuestiones que están siendo conflictivas y sobre las que no se pronuncia, perdiendo una buena ocasión para ello”.
Aun así, consideran positivo que se hayan tenido en cuenta algunas de sus reclamaciones, como la aplicación del principio de proporcionalidad que establece la IDD en el ámbito de las sanciones, que habían propuesto en los borradores previos. Y ponen el acento en otra de sus peticiones que han sido atendidas: “La de prohibición expresa y objetiva de prácticas concertadas entre distintos agentes para simular la actividad de una correduría”.
En Adecose también ven con buenos ojos la graduación de las multas por sanciones para que estén a nivel europeo y ponen especial hincapié en que se ha reforzado la obligatoriedad para que los mediadores residentes en otros países de la UE tengan que cumplir las mismas normas que los nacionales.
Tomás Rivera, presidente de Fecor, se congratula de la inclusión de un periodo de adaptación para la adecuación a las nuevas obligaciones
de información y conducta, “cuestión muy necesaria y que no estaba contemplada en el inicio. Además, se ha incluido la exigencia a los operadores de bancaseguros de incluir en materia de publicidad y documentación mercantil los mismos requisitos que tienen los agentes de seguros, incluida la mención a todas las compañías con las que colaboran. Y se ha acometido una revisión respecto al tratamiento inicial de los agentes de seguros, aunque desde la federación se muestran disconformes con la definición última que se ha dado a los vinculados.Cambio de posición mediadora
Con todo, existe una coincidencia generalizada en el sector en que se ha perdido una oportunidad de oro para regularizar en el texto el cambio de posición mediadora. “Hubiese sido un momento idóneo para abordarlo, dado que es un aspecto directamente relacionado con la distribución de seguros, que se da con frecuencia y que sin embargo no tiene un tratamiento homogéneo en el sector, con el impacto que esto conlleva sobre todo para el asegurado en su libertad de elección de mediador”, señala Tomás Rivera.
“Lo que solicitábamos los profesionales no era ‘aclarar’ algo definido y que ya funcionaba perfectamente como es la legitimación para efectuar el cambio, sino las consecuencias, de todo tipo, del mismo, que es lo que en realidad está ocasionando constantes divergencias”, añade Mónica Pons, para quien, además, la introducción de un elemento nuevo en el redactado (atribución de la facultad inicial de comunicación del cambio de posición mediadora al corredor) en lugar de resolver la situación, “puede incluso empeorarla significativamente”.
Para CIAC “habría sido suficiente con que el Anteproyecto hiciera una referencia clara a lo dispuesto en el Código Civil, que presta atención al mandato y a cómo se resuelve o finaliza éste, y acabaría con décadas de incertidumbre”.
Con todo, era de esperar que este aspecto no se resolviera en el borrador, toda vez que, como reconoce Martín Navaz, la DGSFP ya les advirtió en reuniones previas que este asunto no se plasmaría en el texto. Aun así, desde la asociación consideran que es un aspecto en el que el principal escollo es la diferencia entre las posturas respecto a los plazos de los derechos económicos que defiende el Consejo General (notificación previa de un mes) y el resto de asociaciones de mediadores (al siguiente vencimiento de la póliza). Por eso, a su entender, esta cuestión se podría resolver con un acuerdo entre ambas partes.
Mediador complementario
También causa gran controversia entre las asociaciones la reglamentación de manera expresa de la figura del mediador complementario. Todos son partidarios de que, puesto que comercializan seguros, estén dentro de la ley para que sean perfectamente regulados. De hecho, Navaz se congratula de que se les exija registrarse en el Registro Administrativo para ejercer esta labor.Con todo, desde Fecor critican que algunas de sus prácticas laborales queden fuera de la Ley (recogidas en el artículo 4.2), aunque entienden que al ser una transposición de la Directiva Europea no había capacidad de modificación. Eso sí, ponen en valor el papel diferenciador del corredor, por su obligación de asesorar y su carácter independiente: “Obviamente es una fortaleza el poder ofertar en cada momento lo más adecuado para el cliente, después de valorar lo que el mercado le ofrece. Esto diferencia al corredor, ya no sólo respecto del mediador de seguros complementarios, sino del resto de distribuidores de seguros”, valora Rivera.
Más expeditiva se muestra Mónica Pons, que reclama mayor “valentía” a los reguladores a la hora de abordar a estos profesionales, “si lo que se pretende, como se dice constantemente en la Exposición de Motivos de la Ley, es proteger al máximo al consumidor de productos de seguros”. Y advierte: “Podemos entender que se quiera dejar al margen de la supervisión a determinados distribuidores muy marginales, pero siempre y cuando se asegure que dicha marginalidad sea real y no constituya una ‘grieta’ por la que acaben apareciendo distribuidores no regulados”, previene.
La postura de CIAC también va en esta línea: “Consideramos que no se está cuidando el interés del consumidor. Si [los mediadores de seguros complementarios] no están dispuestos a asumir deberes y responsabilidades, que sean auxiliares”, sentencian, a la vez que enumeran una serie de requisitos que se les debería exigir para ejercer: formación, deberes de información previa y registro. Además, abogan por poner un tope al volumen de negocio que pudieran realizar en torno a la distribución de seguros, para que se considere una actividad residual: “Si alcanzara cierto mínimo en comisiones debería exigírsele que se constituya en distribuidor no complementario. Es absurdo que una agencia de viajes genere millones en comisiones sin ninguna obligación destinada a proteger a sus clientes”, consideran.
Avisador, figura no reconocida
A quienes no contempla como mediadores el nuevo texto, es a los avisadores. De hecho, se indica que todos los auxiliares pasarán a ser
colaboradores externos de los corredores, por lo que los corredores que trabajen con ellos deberán realizarles un contrato mercantil y computar el IVA a sus facturas. “Desde luego, si finalmente se aplicase de ese modo, supondría una limitación a una vía de captación de negocio, lo cual no deja de ser una dificultad añadida al resto de exigencias que complican más si cabe la tarea del corredor”, critica el presidente de Fecor.Pons va más allá y se queja de que el sector está “siendo víctima de una ‘campaña’ fiscal de la que se puede derivar un sobrecoste del 21% en la adquisición de servicios sin que tenga margen para su repercusión”. “La introducción forzada del IVA, pese a su naturaleza indirecta, se convertiría en un impuesto de efecto idéntico al de un tributo directo para el mediador, si al final no se siguen las directrices y postulados del Tribunal Europeo de Justicia: es mediación toda actividad que tenga por fin la presentación de un potencial tomador a una potencial aseguradora”, comenta.
Efectivamente, como reconoce el presidente de Adecose, si como todo hace indicar la actividad de los avisadores queda fuera de la mediación “conllevará una implicación fiscal para los corredores”. “La reconversión de la figura no será muy compleja, pero sí tendrá un coste para nosotros”, arguye.
“Si la Ley deja fuera a talleres mecánicos, gestorías, asesorías fiscales, abogados, etc. habrá que tener en cuenta que para muchos corredores eso puede ser un elemento crítico, pues no tiene actividades que generen un 21% de IVA a compensar”, se quejan desde CIAC, ya que supondrá “un sobrecoste de adquisición puro del 21%”.
El valor del asesoramiento
No cambia mucho la ley en relación a la remuneración de los corredores, que se basará en las comisiones a las aseguradoras y honorarios a los clientes. “En este aspecto se da continuidad a lo regulado en la actualidad”, confirma Tomás Rivera, presidente de Fecor, para quien “la independencia de los corredores es un rasgo característico de esta figura que va más allá de su remuneración”.
Eso sí, como destaca Martín Navaz, presidente de Adecose, el principal cambio en este sentido es que habrá mayor transparencia a la hora de informar a los clientes, ya que los profesionales estarán obligados a exponerles la naturaleza de sus incentivos.
Coincide la presidenta de Aunna Asociación que “el corredor es sabedor de que su valor más diferencial radica en el asesoramiento independiente y en su posicionamiento al lado del consumidor”, con independencia de cómo sea su retribución. “Por otra parte, defendemos que el consumidor pueda ser consciente del tipo de mediador al que recurre para satisfacer sus necesidades aseguradoras, y, consecuentemente con ello, que conozca que el servicio de cada tipología de mediador puede conllevar un coste distinto. Coste que, en cualquier caso, asume solo el cliente”, añade.Todos los profesionales coinciden en la importancia del asesoramiento en la comercialización de los productos. De ahí que se alegren, como Adecose, de la eliminación que se ha hecho en el texto de ese término en relación con las actividades que no se consideran distribución de seguros y que se prestan con carácter accesorio en el contexto de otra actividad profesional. La asociación subraya que así se evita “que se abra la puerta a que profesionales sin formación en distribución de seguros puedan asesorar a clientes en el marco de otra actividad profesional, con el riesgo que ello conllevaría para los clientes por la falta de formación de estos profesionales que, además, se verían exentos de cumplir con el resto de obligaciones”.
“La palabra ‘asesoramiento’ nos gusta entenderla vinculada al consejo dado desde el conocimiento experto y la independencia de criterio. Fuera de ese marco se proporciona argumentos comerciales y explicaciones del producto que se vende, pero no entendemos que se esté asesorando”, reivindican desde CIAC.
Distribuidores más formados
Por eso, se congratulan los profesionales de la mediación de las mayores exigencias en materia formativa para todos los distribuidores de seguros: “Es un garante para una actuación profesional y con el rigor que se espera en beneficio del asegurado”, subraya Tomás Rivera, toda vez que los corredores ya están obligados a ello. Considera que “la valoración de esta cuestión la tendremos que hacer cuando se realice el desarrollo reglamentario de esta materia y veamos su contenido”.
Con la misma prudencia se manifiesta Martín Navaz, quien, a falta de conocer su desarrollo, eso sí, considera que estas exigencias son similares a las que se contemplan de manera generalizada en Europa. Mientras que para Mónica Pons, presidenta de Aunna Asociación, supone un paso más para garantizar “la profesionalización del sector y la protección del consumidor”.
En similar línea se manifiestan desde CIAC, ya que a su entender “resulta incoherente que un consumidor pueda contratar un seguro sin
que el vendedor cuente con un mínimo ‘vital’ de conocimientos con que evitar una contratación errónea que puede comprometer su futuro”.Eso sí, considera que el Anteproyecto cuenta con unos errores en materia formativa que deberían ser subsanados, como externalizar la formación para evitar la comisión de fraudes, que pueda ser contratada con actores diversos y que todos los actores tengan obligación de recibirla, como las agencias de viajes: “Si el distribuidor de seguros complementario queda fuera del aprendizaje está claro que carecerá de conocimiento y, por tanto, no puede dar lo que no tiene”.
Obstáculos a la comercialización de IBIP
La Ley de Distribución de Seguros también trae consigo nuevas exigencias para la venta de productos IBIP, como la necesidad de asesoramiento, mayor información sobre los costes, la elaboración de una política de conflicto de interés proporcional a la entidad, que incluya una normativa de regalos y beneficios permitidos… Una serie de requisitos que han endurecido seriamente la distribución de estas soluciones financieras que puede hacer que muchos mediadores desistan de su venta.
Navaz no contempla un gran problema, toda vez que, a su entender, no existen muchos mediadores que apuesten por estos productos, “cuya venta ya era difícil sin estas pautas”, ya que el asesoramiento en ahorro exige formarse concienzudamente y realizar tareas complementarias, como el conocimiento de patrimonios de los clientes.
Sin embargo, para Mónica Pons, precisamente, es la formación y profesionalidad de los corredores lo que garantizan en todo momento la aplicación de sus conocimientos en beneficio del consumidor de seguros, “y la distribución de estos productos no deja de ser un aspecto más en el que aplicar aquellos”.
Desde CIAC se muestran muy reacios a la venta de este tipo de productos de inversión, ya que a su parecer requieren de dos elementos fundamentales: conocimiento especializado y ética, y “una gran parte de las ventas que se están generando en este ámbito no reúnen esas dos premisas y eso debe cambiar”.
Agencias de suscripción, tema pendiente
Otra de las novedades del nuevo texto es la inclusión de la incompatibilidad para que los corredores puedan realizar las actividades de las
agencias de suscripción. El presidente de Adecose piensa que se “ha perdido una pequeña oportunidad” de arreglar el tema del pasaporte europeo de estas agencias y sus reivindicaciones a la hora de operar en España. En esta línea, se quejan de que no se haya tenido en cuenta su propuesta de permitir la colaboración entre agentes de seguros y corredores, que habría abierto el mercado de seguros: “En Europa existen más posibilidades de colaboración entre las distintas figuras del sector”, protesta.“Obviamente no deja de ser una limitación más a la actividad de las corredurías de seguros y como tal no es favorable ni para corredores ni para agencias de suscripción”, apuntilla Rivera.
Desde Aunna, sin embargo, no consideran que esta incompatibilidad perjudique a los corredores, toda vez que “las agencias de suscripción están concebidas en el sistema español como un híbrido entre asegurador (pues suscribe riesgos) y mediador (capta negocio para aseguradoras)”. “Partiendo de ello, creemos que tiene sentido la incompatibilidad, pues de lo contrario se estaría afectando a uno de los elementos consustanciales a nuestra profesión: el asesoramiento independiente”, comenta Pons.
Lo mejor y lo peor del anteproyecto
Adecose
Lo mejor: “La propia idiosincrasia de la Ley. El sector no la había pedido, pero surgió el debate en Europa y ha resultado un texto muy coherente, en el que se han puesto a todos los actores que estén en contacto con los clientes con el mismo nivel de exigencia”.
Lo peor: “Que se nos queda en el tintero el tema de las agencias de suscripción, que se podía haber solucionado en el redactado de la Ley”.
Aunna Asociación
Lo mejor: “La intención del legislador de ir algo más allá de las obligaciones de trasposición intentando recoger figuras existentes en el mercado y carentes de regulación específica”.
Lo peor: “Dejar pasar una oportunidad fantástica para resolver algunas cuestiones que hoy están generando controversia en la distribución aseguradora, por ejemplo, en cuanto al cambio de posición mediadora”.
CIAC
Lo mejor: “Que se pretenda dar respuesta a cualquier modelo de distribución”.
Lo peor: “Pese a que la Directiva impone igualdad de trato, observamos que existen diferentes varas de medir y corremos el riesgo de universos paralelos hechos a medida de ciertos lobbies. Además, la protección al consumidor pasa por tener tolerancia cero ante los abusos de poder dominante y en este sentido la banca se sale con la suya en perjuicio del ciudadano y de todos los restantes actores ante quienes puede abducir a un cliente sin más”.
Fecor
Lo mejor: “La claridad con que se ha estructurado y el esfuerzo que supone conjugar la trasposición de la Directiva Europea con la realidad de la distribución de seguros local”.
Lo peor: “El tratamiento de los operadores de bancaseguros, para los cuales se establece la derogación de las limitaciones en cuanto a la puesta a disposición de estos de las redes de las entidades de crédito o establecimientos financieros de crédito. En lo que respecta a los agentes de seguros vinculados se debería haber concretado el número máximo de compañías con las que operar y no dejarles libertad al respecto. Sobre los corredores, consideramos innecesario imponerles mantener cuentas corrientes separadas cuando ya se le está exigiendo a esta figura, y no al resto, la acreditación de una capacidad financiera”.
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