La próxima Reforma del Sistema de Pensiones traerá muchas novedades para los autónomos: jubilación anticipada, incentivos para los que prefieran alargar su vida laboral... Pero la más importante es que se alarga el período del cómputo de la pensión de 15 a 25 años. Esto conllevará un cambio de mentalidad en los autónomos que les lleve a cotizar en función de sus ingresos reales en cada momento para compensar los periodos de alta cotización con otros de baja.
Aunque el anteproyecto de la Reforma del Sistema de Pensiones aún está en trámite parlamentario, ya se conocen los puntos más relevantes que permiten hacer un análisis de cómo influirá en los trabajadores autónomos. Hay tres medidas centrales que se implementarán gradualmente entre 2013 y 2027: la elevación de la edad de jubilación de 65 a 67 años; la ampliación del período de cómputo de la pensión de 15 a 25 años; y el aumento de los 35 hasta los 37 años de cotización exigidos para obtener una pensión completa (igual al 100% de la base reguladora).
Celia Ferrero, coordinadora general de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), señala que “esta gradualidad se ha acordado para permitir que nos vayamos ajustando a estos cambios, minimizando los efectos que pudieran tener para aquellos que ya estén en el último tramo de su vida laboral”. Esta reforma afecta de una manera especial a los autónomos, ya que -según explica Celia Ferrero- “tendrán que empezar a cotizar mucho antes y de forma continuada. En concreto, desde los 26 años y medio en el caso de querer jubilarse a los 65 años con 38 años y medio cotizados, o a los 28 años y medio si pretenden que la jubilación se produzca a los 67 años. Para ello, este colectivo tendrá que tener en cuenta las diferencias existentes en cuanto a las lagunas de cotización, como el desempleo, que en el caso de los autónomos a diferencia de los asalariados no están cubiertas por la Seguridad Social”.
Por otra parte, continúa Ferrero, “la adecuación de las bases mínimas con vistas a incrementarlas en el último tramo de la vida laboral del autónomo tendrá que llevarse a cabo mucho antes. Si se solía esperar a los 50 años para aumentarlas, ahora al haberse extendido el periodo de cálculo de los últimos 15 a los 25 años de cotización, habrá que hacerlo a partir de los 40”. Pero se crea un problema para aquellos que ya han cumplido los 50 años. El hecho de que se haya aumentado el periodo de cálculo a 25 años provocará una reducción de aproximadamente el 20% en sus pagas de jubilados. Ferrero afirma que “los autónomos deben abandonar esa costumbre, que muchas veces parte desde el desconocimiento, de cotizar por la base mínima (algo que hacen el 84% de los autónomos en España), y que sólo cambian en los últimos 15 años de su carrera de cotización”.
Como aspecto positivo, la reforma de pensiones incluye por primera vez en la historia, -fruto de la insistencia de ATA y otras organizaciones representativas de trabajadores autónomos- la reivindicación de que la jubilación anticipada pueda ser voluntaria también para los autónomos. Es decir, aclara Celia Ferrero, que “se pueden jubilar a los 63 años como los asalariados. Para hacerlo, deben tener, al menos, 33 años cotizados pero aplicando –como ya se venía haciendo hasta ahora-- unos coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión y que serán más elevados cuanto más alejados estemos de los 67 años”.
Sin embargo, este nuevo derecho, esencial para culminar el proceso de equiparación entre el Régimen General de la Seguridad Social y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, “debe aparecer claramente establecido en la reforma de pensiones resultante del trámite parlamentario” puntualiza la representante de ATA. En este sentido, pese a que el Ministerio de Trabajo y el propio Secretario de Estado de Seguridad Social se han pronunciado interpretando que el anteproyecto contemplaba este supuesto de jubilación anticipada para ambos regímenes, la redacción actual del anteproyecto genera dudas. Por eso, desde ATA, han solicitado a los grupos parlamentarios que se aclare expresamente en el texto.
Otro aspecto relevante, es que los incentivos a la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de los 67 años, benefician especialmente a los autónomos. No hay que olvidar que el 89% de éstos alargan su vida laboral por encima de la edad legal de retiro. Además, el 75% de las 150.000 personas que están trabajando y cotizando actualmente por encima de los 65 años de edad, son autónomos. Por otro lado, en el Anteproyecto está prevista la jubilación anticipada involuntaria a los 61 años sólo para los asalariados que han sido expulsados del mercado laboral.
Por eso, ATA ha solicitado en el trámite parlamentario que los autónomos puedan jubilarse también a los 61 años en el caso de que sufran un cese involuntario de actividad. Pues, comenta Celia Ferrero, coordinadora general de esta asociación, “entendemos que el supuesto del que deriva dicho derecho es el mismo: la involuntariedad del afectado”. Otra medida que se va a adoptar es que las bases medias de los autónomos se incrementarán para acercarlas a las de los trabajadores en Régimen General. Hasta ahora, se venía haciendo a un ritmo anual del 2% y está previsto que estos incrementos se suspendan en momentos de crisis. De todas formas, las asociaciones de autónomos han solicitado que en el establecimiento de la subida se consulte con las organizaciones representativas de trabajadores autónomos.
Para conseguir una pensión digna, desde ATA se recomienda “rentabilizar la adaptabilidad de sus bases de cotización. Es decir, adecuarlas en función de sus ingresos reales en cada momento y aprovechar cuando éstos son más altos para incrementarlas al máximo. De esta forma, cuando las cosas vayan peor y deban reducirlas de nuevo, se minimice el impacto sobre sus prestaciones o pensión. Así se compensan periodos de alta cotización con otros de baja”. Para ello, la Tesorería de la Seguridad Social, además del aplazamiento en caso de serias dificultades para afrontar el pago de cotizaciones, ofrece la posibilidad de adecuar las bases dos veces al año. Por primera vez, los autónomos podrán realizar dicha gestión de forma telemática a través del Sistema Red, para facilitar y agilizar el trámite.
Celia Ferrero señala que “todos debemos hacer un esfuerzo en la situación actual, no sólo para nuestra propia protección social, sino también para contribuir más al sistema de bienestar. Ahora bien, también debería plantearse cómo la colectividad puede ayudar a aquellos autónomos que en este contexto económico no pueden hacer frente a sus cotizaciones o a aquellos sectores que viven una constante sangría de autónomos que cierran sus negocios a diario, etc. Una opción sería lo que ya contempla el Estatuto del Trabajo Autónomo en su título V, las bonificaciones, exenciones y reducciones de cotización para éstos”.
El objetivo de las cotizaciones no es exclusivamente la pensión. También se cubren las prestaciones por invalidez temporal, invalidez total o absoluta. El autónomo que cotiza por la base mínima cuando sus ingresos son muy superiores está reduciendo sus prestaciones sociales. En el caso de que tenga que recurrir a ellas, la Seguridad Social sólo le pagará la baja por Incapacidad Temporal (IT) en base a su cotización. Por ese motivo, las asociaciones de autónomos llevan varios años insistiendo en la necesidad de adecuar las bases de cotización para acceder a mejores prestaciones. Hay casos en los que a causa de una enfermedad inesperada el autónomo no puede volver a trabajar y se queda con una pensión mínima, muy alejada de los ingresos que tenía mientras estaba activo.
Para prevenir este tipo de situaciones, ATA, UPTA y la Tesorería General de la Seguridad Social están llevando a cabo una campaña de jornadas informativas, que durará hasta el 15 de junio, a lo largo de todo el territorio nacional bajo el lema “Hazlo por ti”. El objetivo es concienciar a los autónomos de que está en su mano aumentar su nivel de protección social para acceder a mejores prestaciones y pensiones dignas, adecuando su base de cotización a sus ingresos reales y aumentándolos siempre y cuando éstos se lo permitan. Celia Ferrero, de ATA, piensa que “los autónomos deben prever este tipo de contingencias tanto las futuras (jubilación) como las presentes (enfermedad, accidente, cese de actividad) y abandonar de una vez por todas esa costumbre de cotizar por la base mínima y aumentarla sólo con vistas a la jubilación 15 años antes de ésta”.
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