Los empresarios con trabajadores sin contrato tienen hasta el próximo 31 de julio para darlos de alta en la Seguridad Social. Si no lo hacen, se enfrentarán a sanciones que pueden llegar hasta los 10.000 euros. Además, perderán las bonificaciones y beneficios de los programas de empleo y podrán ser excluidos del acceso a tales ayudas por un periodo máximo de dos años.
Es difícil determinar el valor del empleo sumergido en España, pero el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) estima que éste puede representar el 8% del Producto Interior Bruto nacional. Es decir, por encima de los 82.000 millones de euros. Si hablamos de la economía sumergida, Gestha dice que unos 245.000 millones de euros escapan al control del fisco cada año. En opinión de este colectivo, la aplicación de medidas adecuadas para atajar la economía sumergida permitiría aumentar la recaudación en 38.500 millones de euros anuales, lo que a su vez contribuiría a recortar el déficit del conjunto de las administraciones en torno a un 40%.
La convicción de que era necesaria encontrar una solución a todo esto, llevó al Consejo de Ministros a aprobar, el pasado 29 de abril, el Real Decreto Ley de Medidas para la Regularización y Control del Empleo Sumergido y Fomento de la Rehabilitación de la Vivienda. Una norma que se enmarca en el Pacto por el Euro, acordado en el ámbito comunitario. De esta forma, se pretende combatir con carácter extraordinario y urgente el fenómeno del empleo irregular. Desde el Gobierno se afirma que la economía sumergida es perjudicial para la consecución de un crecimiento económico capaz de generar empleo de calidad, competencia empresarial, reequilibrio de las cuentas públicas, protección social de los trabajadores y de reprimir la competencia desleal que suponen estas situaciones para las empresas que actúan dentro de la legalidad.
Las medidas que contempla esta nueva norma parten de la apertura de un proceso de regularización voluntaria del empleo irregular de trabajadores desde la entrada en vigor del Real Decreto (7 de mayo) hasta el 31 de julio de 2011. Durante ese período, las empresas podrán voluntariamente dar de alta a sus trabajadores en la Seguridad Social, sin sufrir ningún tipo de sanción. Para regularizarlos, los empresarios podrán acogerse a cualquier modalidad de contratación que supere los seis meses. El efecto del alta será el de la fecha de comunicación de la misma, sin que proceda declarar desde cuándo se produce esta situación ni la obligación de pagar las cotizaciones atrasadas. Eso supone que no habrá un reconocimiento de derechos de los trabajadores durante ese periodo.
Tampoco se sancionará a aquellos que estuvieran cobrando prestaciones por desempleo mientras trabajaban en un empleo no declarado. Agotado este plazo, la norma prevé un endurecimiento de las multas, llegando a multiplicarlas hasta por cinco en algunos casos. Así, el incumplimiento de la obligación de afiliación y alta en la Seguridad Social -cuyas sanciones actuales oscilan entre los 626 y los 6.250 euros- subirán, a partir del 1 de agosto, a 3.126 (las mínimas) y a 10.000 euros (las máximas). En cuanto a la compatibilización del trabajo con el cobro del desempleo u otras prestaciones de la Seguridad Social incompatibles, pasarán de sanciones de 6.251 a 187.515 euros (de la actualidad), a multas de 10.001 a 187.515 euros.
Las críticas no se han hecho esperar por parte de los agentes sociales. Las patronales CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y Cepyme (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa) afirman que "debería ir ligado a aspectos fiscales y no sólo a cambios laborales". Las organizaciones empresariales también rechazan que el núcleo de la reforma lo constituya el incremento "sin límite en el tiempo" de las sanciones. Además, obliga a las empresas a tener que comprobar, previamente a una subcontratación con otra compañía, que estos trabajadores fueron dados de alta en la Seguridad Social. Pues, en caso de sanción, serán reconocidos como corresponsables. De esta forma, se amplía las responsabilidades del empresario principal al que se le trasladan obligaciones de control propias de la inspección. Eso genera "graves consecuencias en materia de responsabilidades".
Por su parte, los sindicatos CC.OO. (Comisiones Obreras) y UGT (Unión General de Trabajadores) consideran que este plan no hará aflorar el grueso del trabajo no declarado, no mejorará la protección de los trabajadores, no aumentará los ingresos públicos, ni eliminará la competencia desleal entre empresas. Para ambos sindicatos, el plan no prevé seguimiento alguno de los contratos que se celebren, cuya modalidad la decide el empresario. Los autónomos de Baleares, representados en APTA-UPTA, considera que el decreto "favorece" tan sólo a aquellos empresarios que han tenido el "peor de los comportamientos". Sin embargo, no se afrontan medidas para ayudar a emerger muchas actividades económicas independientes, que se realizan sin la correspondiente alta en Hacienda y en la Seguridad Social del titular. Estas actividades están produciendo una fuerte competencia desleal que obliga al cierre de negocios legales porque no pueden afrontar los costes a los que la economía sumergida les obliga.
Finalmente, el plan también establece la intensificación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de las actuaciones de vigilancia y control del trabajo no declarado. Además, se contempla que las sociedades que hayan cometido infracciones muy graves perderán automáticamente las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo y podrán ser excluidos del acceso a tales ayudas por un periodo máximo de dos años.
Por último, el Ministerio de Trabajo se compromete, transcurridos seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto, a realizar una evaluación y seguimiento de los resultados. Y procederá a adoptar o promover las medidas de adaptación o modificación que resulten adecuadas. Con objeto de alcanzar los objetivos de afloramiento perseguidos y de incrementar la conciencia social contra el fraude a la Seguridad Social que supone el empleo irregular, el Plan incluye también la realización de campañas de sensibilización pública.
El Plan de afloramiento y control del empleo sumergido establece que:
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