La Fundación Inade celebró, a mediados de septiembre, una jornada en la que analizó el seguro obligatorio para perros que, en principio, entraba en vigor el 29 de septiembre, pero que se ha retrasado por la falta de reglamento.
ARTÍCULO PUBLICADO EN LA REVISTA PYMESEGUROS Nº 128
La obligatoriedad de asegurar la responsabilidad civil de los perros forma parte de la Ley 7/2023 de 28 de marzo de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales que, por el momento, carece de un reglamento específico que la desarrolle porque no lo puede aprobar un Gobierno en funciones. Así lo ha señalado la Dirección General de Derechos de los Animales, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que ha publicado una nota informativa en la que explica que pospone la entrada en vigor de algunos puntos de la norma, entre ellos, el seguro obligatorio y el cursillo para los dueños. Aunque sí que se mantiene el registro de los perros.
“Los registros de perros existen en cada Comunidad Autónoma y los van a seguir regulando estas, pero el Estado quiere tener acceso a ellos”, señala María Luisa Fernández, vocal de Pequeños Animales del Consejo General de Colegios Veterinarios de España y presidenta del Colegio de Veterinarios de Tenerife. En este sentido, es posible que una persona jurídica (como una empresa) sea la dueña del perro, pero Fernández comenta que tiene que “existir un cuidador”, que será el que acceda al curso de formación, cuando se regule.
Asimismo, manifestó que “esta formación debe ser impartida por profesionales veterinarios, ya que, aunque muchas personas se dediquen a la protección de los animales, solo los veterinarios tienen la formación teórica necesaria para transmitir conocimientos sobre las necesidades de bienestar de un animal”.
Para hablar del tema, junto a ella, Fundación Inade convocó a: Carmen Reyes, abogada, economista y socia de HispaColex Bufete Jurídico, responsable del departamento de Derecho de Seguro; y Carlos Mediavilla, responsable técnico del departamento de Particulares Personales de Caser. Todos ellos moderados por Adolfo Campos, director de Fundación Inade.
Mediavilla, explicó que hasta que “no haya un reglamento no tendremos claro lo que se debe exigir en el seguro de RC”. Pero lo establecido es que “cada perro tiene que tener un seguro y si hay varios, hay que concretar qué seguro asegura a qué perro. En el caso de pólizas colectivas para 3 perros, la suma asegurada es para cada perro que se tenga. El capital mínimo tiene que ser por animal”. También aclaró que el capital asegurado es para el año en vigor de la póliza. “Si se consume el primer mes, te quedas sin cobertura para el resto del periodo”.
Además, se informó de que el responsable del perro, que es el que está en el registro, es el que tiene que contratar la póliza. No obstante, Carmen Reyes, explica que “sería válida la póliza si la contrata otra persona (por ejemplo, si el perro está a nombre de un hijo y este no tiene dinero y contrata el padre este seguro) será válido si el dueño del perro figura como asegurado. Pero deja claro que cuando se establezca la obligatoriedad del seguro “esta sería, en este caso, del hijo como propietario del animal”. Además, señala que “lo adecuado sería que la lista de asegurados no estuviera cerrada para que incluyera tanto a todos los que forman la unidad familiar, como a un amigo que pueda sacar a pasear al animal en un momento dado”.
En cuanto al establecimiento de la suma asegurada y si esta dependerá o no de la raza y/o características físicas del animal, los ponentes estuvieron de acuerdo en que esta cuestión deberá ser aclarada por el Reglamento. Porque, si bien es cierto que el daño por la mordida de un caniche no será igual a la mordida de un pastor alemán, ambos perros pueden causar el mismo daño si se escapan durante el paseo y provocan un accidente de tráfico.
El capital que se establece en los perros peligrosos suele ser, más o menos, la misma. Para el resto de perros, Reyes sugiere que sea “con una horquilla en función de las características del perro. Se debería establecer tramos porque 180.000 euros para un chigua gua me parece excesivo. La media podría estar entre 300.000 y 500.000 euros como mínimo”.
Ante la duda de si la cobertura de responsabilidad civil del perro incluida en el seguro Multirriesgo del Hogar es suficiente para cumplir con la nueva norma, Carmen Reyes dijo que “esta cobertura podría ser suficiente, siempre que se revise el capital contratado y se adecue a las exigencias de la nueva Ley”. En su opinión, “resulta más adecuado realizar un seguro específico, pensando en este riesgo en concreto”. En este sentido, Carlos Mediavilla señaló que “en el mercado existen productos específicos muy asequibles que suponen una mejor solución que incluir al perro en el seguro del Hogar”.
Reyes dejó claro que “ahora no se puede sancionar a quien no haga el seguro, porque no se ha fijado los elementos básicos de lo que hay que contratar, como las cuantías. Pero en un futuro, las multas por no tener seguro pueden oscilar desde una mera amonestación hasta sanciones económicas que van de 500 a 10.000 euros. El Reglamento regulará las sanciones en función de la gravedad del daño o las reiteración de no llevar seguro”.
Sobre la conveniencia o no de que exista franquicia en este tipo de seguros, Mediavilla apuntó que “es poco común encontrar franquicia en este tipo de seguros, ya que su coste es muy bajo y, en caso de existir, son franquicias pequeñas, que pueden oscilar entre los 300 y los 1.000 euros”. El problema de la franquicia, según está ahora mismo, es que “la aseguradora se puede oponer a la franquicia y, por lo tanto, el perjudicado no estaría resarcido completamente por la aseguradora, puesto que esta no pagaría la franquicia establecida. Lo idóneo sería que la aseguradora pagara también la cantidad franquiciada y que luego la repercuta al asegurado”.
Fernández subrayó la falta de interacción entre los Colegios Veterinarios y el Gobierno a la hora de publicar la nueva Ley: “Si nos hubiesen tenido en cuenta, muchos puntos se habrían corregido antes de su publicación. Esperamos que de cara al Reglamento tengan en cuenta nuestras recomendaciones”.
Además, se recordó que los perros de caza tienen seguro propio y no están en esta norma, los de pastoreo tampoco está en esta norma y las razas potencialmente peligrosas siguen igual como hasta ahora.
Adolfo Campos concluyó que “aunque el seguro no será obligatorio a partir del 29 de septiembre, sin embargo, es totalmente recomendable, ya que un perro puede causar un incidente que ponga en peligro el patrimonio de la familia”.
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