El próximo 1 de febrero de 2014 finaliza el plazo establecido por la Ley 16/2009 para que todos los que realicen transacciones bancarias cumplan las exigencias que se establecen en esta Ley, que entró en vigor el 4 de diciembre de 2009. Durante este tiempo, de lo que más se ha hablado es del cambio del código de cuenta al código IBAN. Pero éste no es el aspecto que más influirá en el negocio de los corredores, ya que se les obliga a disponer de un mandato firmado por el cliente, en el que se diga que se autoriza a la domiciliación bancaria del recibo, y a enviar un preaviso de cobro al menos con 14 días de antelación, entre otras cosas.
INFORMACIÓN PUBLICADA EN LA REVISTA Nº 30 DE PYMESEGUROS